¿Qué son los Fideicomisos de Garantía?
Son aquellos fideicomisos en los que se aportan bienes con el objeto de "garantizar" a contra
partes o a terceros interesados el cumplimiento en tiempo y forma, de obligaciones de dar,
hacer, o no hacer de cualquier índole, previéndose un procedimiento convencional de ejecución
para el caso de incumplimiento.
Es la figura jurídica más segura para garantizar en el sistema jurídico mexicano, debido a que no
requiere la intervención judicial para la ejecución de la garantía y su aplicación. En el caso de
Fiducia, además se puede prever que las controversias que se presenten se sujeten a un
Procedimiento Arbitral.
Fiducia es una empresa especializada en la estructuración, administración, seguimiento
y ejecución de Fideicomisos de Garantía, quien brinda seguridad jurídica, transparencia,
confidencialidad, imparcialidad y eficiencia en cualquier negocio que se realice.
¿Cuál es la aplicación más común de los Fideicomisos de Garantía?
1. Para garantizar cualquier tipo de obligación de dar, de hacer o de no hacer, de acuerdo a
las necesidades del cliente.
2. Para realizar el cumplimiento de obligaciones que circunstancialmente no hayan podido ser
cubiertas por el principal obligado.
3. En la reestructuración de pasivos, para dar certeza en el control de los activos objetos de
la garantía, que al venderse habrán de ser empleados para el pago obligado, permitiendo la
dispersión de los recursos obteni dos en la forma y términos pactados.
4. Idóneo para aquellas garantías en las que existe diversidad de acreedores o de deudores
(créditos sindicados).
5. Para asegurar y garantizar coinversiones, ya que sustituye ventajosamente las asociaciones
en participación o la constitución de sociedades de objeto específico, a un menor costo y con
un adecuado manejo fiscal.
6. Para asegurar y garantizar formas negociadas de adquirir, comprar, fusionar o escindir
empresas con la ventaja de mantener el control de la misma o de sindicar el voto.
7. Para garantizar la programación de pago a proveedores o personal.
8. Para la creación de reservas o fondos contingentes.
¿Quien supervisa a las fiduciarias no bancarias?
Las
Afianzadoras están supervisadas por la CNSYF que a su vez depende
directamente de la SHCP. Las
Afianzadoras tienen que cumplir requisitos de capitalización,
solvencia y profesionalismo aun más estrictos que los de la propia
banca ya que los delegados fiduciarios tienen responsabilidades
legales en lo personal ante el público y ante las propias autoridades.